Sostenemos que el derecho penal internacional sufre un fenómeno de expansión que difícilmente se retrotraiga. Apoyado por la buena acogida que tiene por parte de la sociedad, del endurecimiento de las penas y la política criminal punitiva, ésta se valida, obteniendo como contracara, la retracción de los derechos y garantías de las personas que son sometidos a proceso penal, pudiéndose apreciarse la relajación de los controles en la obtención de pruebas de cargo y su cadena de custodia.
La excesiva ampliación de las conductas punibles establecida en la Ley de Estupefacientes (Ley 23.737 y sus modificaciones) pone en crisis el plexo de Garantías Constitucionales y Convencionales de la persona que soporte en soledad, toda la violencia del Estado y sus operadores en la sustanciación del proceso penal.
Cada caso es único, exige plena atención profesional desde su inicio ante la fuerza preventora, como ante la instrucción judicial, Tribunal de Alzada e instancias Extraordinarias.
No solo intentar hacer prevalecer la libertad de la persona durante el proceso judicial es fundamental, también cuestiones nucleares vinculadas a la imputación, la prueba colectada, su cadena de custodia, convalidación o no de la defensa en los distintos actos procesales, precisa y oportuna interposición de los recursos de apelación, casación y Extraordinario Federal de los distintos supuestos que se presentan en cada juicio, demuestran que, solo profesionales especializados en la materia, con décadas de ejercicio de la profesión, exclusivamente dedicados al fuero penal, garantizan en mayor medida, una mayor tutela de sus derechos y la obtención de resultados positivos dentro de las posibilidades que presenten el caso.