El fallo de la Corte Suprema de EEUU en el presente “Trump v. Barbara” (30-06-2026) representa una de las reafirmaciones más profundas del principio de ciudadanía por nacimiento (jus soli) en la historia de los Estados Unidos.
El fallo de la Corte Suprema de EEUU en el presente “Trump v. Barbara” (30-06-2026) representa una de las reafirmaciones más profundas del principio de ciudadanía por nacimiento (jus soli) en la historia de los Estados Unidos.
Se aborda la constitucionalidad de la ciudadanía por nacimiento. La sentencia examina una orden ejecutiva firmada por el presidente Trump, quien pretendía negar la nacionalidad a hijos de personas en situación irregular o con estancia temporal.
La opinión mayoritaria de la Corte confirma que la Enmienda 14° de la Constitución Norteamericana, garantiza la ciudadanía a casi cualquier persona nacida en territorio estadounidense, basándose en la tradición del derecho común y el precedente de Wong Kim Ark.
Decisión (Held): “Los niños nacidos en los Estados Unidos de padres presentes de manera ilegal o temporal están ‘sujetos a la jurisdicción’ de los Estados Unidos y son ciudadanos por nacimiento bajo la Cláusula de Ciudadanía de la Decimocuarta Enmienda”.
Por su parte, la concurrencia de la jueza Jackson enfatiza que esta cláusula fue diseñada para erradicar sistemas de castas raciales tras la Guerra Civil.
Finalmente, el voto del juez Kavanaugh sugiere que, aunque la orden contradice las leyes actuales, el Congreso posee la facultad de legislar excepciones en el futuro.
A continuación, se presenta un análisis detallado de los precedentes históricos que estructuraron esta decisión y el debate entre la mayoría y la disidencia.
Ponemos énfasis sobre la falta de fundamentación en la sentencia sobre los derechos del Niño y del adolescente teniendo en cuenta el Tratado Internacional suscripto por la mayoría de los países americanos en la materia.



Análisis Profundo de los Precedentes Históricos
1. United States v. Wong Kim Ark (1898): El Pilar Fundamental
Este caso es la autoridad de control que determinó el resultado en el fallo. En 1898, la Corte estableció que la Cláusula de Ciudadanía de la Decimocuarta Enmienda incorporó la regla del common law inglés, según la cual casi cualquier persona nacida en el territorio es ciudadano, independientemente del estatus migratorio de sus padres.
- Interpretación de la Jurisdicción: La mayoría en Trump v. Barbara reafirmó que “sujeto a la jurisdicción” se refiere simplemente a la autoridad soberana de los EE. UU. sobre quienes se encuentran en su territorio; dado que los no ciudadanos (incluidos turistas e indocumentados) deben obedecer las leyes y pueden ser procesados en cortes estadounidenses, sus hijos cumplen con el requisito jurisdiccional.
- El debate sobre el “Domicilio”: El gobierno intentó limitar este precedente argumentando que Wong Kim Ark solo protegía a hijos de residentes con “domicilio permanente”. Sin embargo, la Corte dictaminó que las menciones al domicilio en 1898 eran descriptivas de los hechos de ese caso y no un requisito constitucional.
2. Elk v. Wilkins (1884): La Excepción Indígena.
Este precedente fue utilizado por la administración Trump para argumentar que el nacimiento en suelo estadounidense no garantizaba automáticamente la ciudadanía, ya que a John Elk (un indígena) se le negó el derecho al voto pese a nacer en EE. UU.
- La distinción de la Corte: La mayoría liderada por el Presidente de la Corte, Juez Roberts aclaró que la exclusión en Elk se debió a la condición constitucional única de las tribus como naciones “cuasi-soberanas” a las que EE. UU. había cedido parte de su jurisdicción territorial.
- Esta relación “intersoberana” no existe con extranjeros privados (temporales o indocumentados), quienes están plenamente sujetos a la autoridad de los EE. UU.
3. Dred Scott v. Sandford (1857): El Precedente Repudiado
La Corte subrayó que la Decimocuarta Enmienda fue diseñada específicamente para anular la doctrina de Dred Scott, la cual sostenía que la ciudadanía se determinaba por la “sangre” y no por el “suelo”.
El fallo que analizamos, la Corte advierte que intentar distinguir entre niños basados en el estatus de sus padres sería un retroceso hacia un sistema de castas basado en el linaje, algo que la Enmienda 14 buscó erradicar para siempre.
4. Lynch v. Clarke (1844) y Schooner Exchange (1812)
- Lynch v. Clarke: Un caso de Nueva York citado para demostrar que, incluso antes de la Enmienda 14, se entendía que los hijos de extranjeros en “estancia temporal” eran ciudadanos por nacimiento.
- The Schooner Exchange: Utilizado para definir que la jurisdicción de una nación dentro de su territorio es “exclusiva y absoluta”, con excepciones solo para soberanos extranjeros o ministros (diplomáticos), reforzando que los individuos privados no gozan de tal inmunidad.
Convención sobre los Derechos del Niño y el Adolescente.
En el fallo “Trump v. Barbara”, la Corte Suprema de los Estados Unidos no aplicó de manera directa ni vinculante la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN).
Esto se debe fundamentalmente a que Estados Unidos es el único país miembro de la ONU que no ha ratificado dicho tratado, por lo que no forma parte del derecho interno aplicable por sus tribunales.
No obstante, el fallo refleja un “espíritu universalista” y una visión de “anti-subordinación” que resuena con los principios de la Convención.
La Juez Jackson, en su concurrencia, destacó que la Enmienda 14° de la C.N., protege los “derechos sagrados de la persona” y el “derecho a tener derechos” de los niños, independientemente de las acciones o estatus legal de sus padres.
Así, aunque la Corte se basó estrictamente en el texto constitucional y precedentes nacionales como Wong Kim Ark, la decisión logra un resultado alineado con la protección internacional de la infancia al prohibir que la “discapacidad legal” o el estatus migratorio de un padre sea heredado por el hijo para negarle su pertenencia a la comunidad política.
Dictamen: La Corte Federal Norteamericana, confirmó la sentencia del Tribunal de Distrito, invalidando la Orden Ejecutiva No. 14160 que intentaba negar la ciudadanía a estos niños de padres considerados inmigrantes ilegales o sin domicilio reconocido por el Estado.